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Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 2.035 de la Ley Núm. 107 de 14 de agosto de 2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de prohibir que entidades sin licencia de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF) participen en el Registro de Licitadores o en cualquier etapa de procesos de subasta para arrendamiento de bienes muebles en municipios o instrumentalidades gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.