Senado · 2025-2028
Para enmendar el inciso (b) de la Sección 29 de la Ley Número 11-1933, según enmendada, conocida como “Ley de Máquinas de Juegos de Azar”, a los fines de establecer que la Comisión de Juegos del Gobierno de Puerto Rico deposite al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) la porción municipal de los fondos generados por las máquinas de juegos de azar y a su vez. el CRIM los distribuya los fondos a los municipios, conforme se establece en la Ley 53-2021, según enmendada, conocida como “Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico”; y otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.