Senado · 2025-2028
Para enmendar el inciso (m) del Artículo 1.019 de la Ley 107-2020, según enmendada, conocida como “Código Municipal de Puerto Rico”, a los fines de establecer un término máximo para que la Oficina de Finanzas Municipal tramite y efectúe los desembolsos correspondientes a obligaciones legalmente contraídas, debidamente certificadas y con cargo al presupuesto de la Legislatura Municipal; establecer un procedimiento para notificar deficiencias; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.