Cámara · 2025-2028
Para establecer la Oficina del Historiador Oficial de Puerto Rico; determinar los requisitos para su nombramiento y destitución; disponer fondos para el funcionamiento de la Oficina y pago de honorarios; elaborar reglamentación; facilitar personal, equipo y material; transferir la Oficina del Historiador Oficial de Puerto Rico, adscrita a la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa, a la Universidad de Puerto Rico; eliminar el inciso (cc) y redesignar los incisos (dd) y (ee) como incisos (cc) y (dd) del Artículo 3 de la Ley Núm. 101-2017, según enmendada, la cual establece la Oficina de Servicios Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico; y derogar la Resolución Núm. 234 de 22 de julio de 1995, según enmendada
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.