Senado · 2025-2028
Para establecer una amnistía por un término de noventa (90) días en la obligación del pago de intereses, penalidades y recargos acumulados por concepto de contribución sobre la propiedad mueble e inmueble a todo aquel contribuyente que durante esa fecha pague en su totalidad las contribuciones sobre la propiedad mueble e inmueble adeudadas al Gobierno de Puerto Rico y a los municipios; requerir al Centro de Recaudación de Ingresos Municipales la eliminación de deudas de sus libros; facultar a la Agencia para adoptar la reglamentación necesaria para la administración de esta Ley; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.