Senado · 2025-2028
Para enmendar la Ley Núm. 57 de 19 de junio de 1958, según enmendada, conocida como “Ley de Donaciones del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, a los fines de añadir un nuevo Artículo 5-A que faculte expresamente a las agencias gubernamentales a celebrar acuerdos de entendimiento para donar en especie materiales excedentes o disponibles de reparación y mantenimiento de infraestructura —tales como selladores de techo, materiales de pared y otros similares— a otras agencias del Gobierno para mejorar la planta física dedicada al servicio público; establecer procedimientos simplificados, requisitos de transparencia y auditoría; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.