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Senado · 2025-2028
“Para enmendar la Regla 241 de las Reglas de Procedimiento Criminal de 1963, según enmendadas, con el propósito de atemperar sus disposiciones a la jurisprudencia constitucional vigente y establecer que ante una determinación de no procesabilidad permanente la persona deberá dejarse en libertad u ordenarse la internación civil al amparo de la “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”, Ley 408-2000, según enmendada”; y para decretar otras disposiciones complementarias.”
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.