Senado · 2025-2028
Para enmendar la Sección 3 de la Ley Núm. 293 de 20 de mayo de 1945, según enmendada, conocida como "Ley de Contabilidad Pública de 1945", a los efectos de establecer los requisitos de educación y experiencia profesional en los sectores de la contabilidad pública, privada o académica para la solicitud de licencia de Contador Público Autorizado en reciprocidad a la Ley Modelo de Contabilidad Pública adoptada y endosada por el Instituto Americano de Contadores Públicos Autorizados y la Asociación Nacional de Juntas Estatales de Contabilidad y las Juntas de Contabilidad de los Estados Unidos de América; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.