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Senado · 2025-2028
Para enmendar el inciso (b) de la Sección 3 del Artículo VI de la Ley Núm. 72-1993, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, a los fines de incluir a los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico dentro de los beneficiarios elegibles; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.