Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 130 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de aclarar los efectos de la tutela voluntaria diferida cuando el otorgante haya conferido, además, un mandato con poder duradero a una persona distinta del tutor designado; establecer la facultad del tribunal para armonizar, limitar, mantener o dar por terminado dicho mandato, total o parcialmente; autorizar funciones concurrentes, separadas o coordinadas entre el tutor y el mandatario; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.