Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 83 de la Ley 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”, a los fines de aclarar que los progenitores podrán elegir, de común acuerdo, el orden de los apellidos de sus hijos al momento de la inscripción del nacimiento; prohibir que el Registro Demográfico imponga un orden preferente por razón de sexo, estado civil, orden de comparecencia, costumbre o administrativa; establecer una regla uniforme para las inscripciones posteriores de hijos comunes de los mismos progenitores; reconocer el derecho de toda persona mayor de edad a solicitar la alteración del orden de sus apellidos conforme al procedimiento dispuesto por ley; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.