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Senado · 2025-2028
Para enmendar el inciso (a) del Artículo 2 de la Ley Núm. 389-2004, según enmendada, conocida como “Ley para crear el Programa de Oportunidades Financieras a Jóvenes Empresarios adscrito al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico”, a los fines de ampliar a treinta y cinco (35) años o menos la edad máxima para cualificar como joven para propósitos de dicho Programa; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.