Senado · 2025-2028
Para añadir un nuevo Artículo 2-A a la Ley Núm. 293 de 21 de agosto de 1999, según enmendada, conocida como la “Ley de la Junta Interagencial para el Manejo de las Playas de Puerto Rico”, a los fines de crear la “Alerta Azul”, como mecanismo de notificación de emergencia mediante tecnologías de telecomunicaciones y geolocalización, dirigido a advertir sobre condiciones marítimas peligrosas a las personas que se encuentren o aproximen a las playas y balnearios afectados; disponer su integración con el sistema federal de alertas inalámbricas de emergencia (Wireless Emergency Alerts); y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.