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Senado · 2025-2028
Para enmendar el Articulo 27 de la Ley 355-1999, según enmendada, conocida coma "Ley Uniforme de Rótulos y Anuncios de Puerto Rico de 1999" a los efectos de disponer que cuando se active la publicaci6n de alertas de emergencia, las mismas permanecerán anunciándose por un mínima de setenta y dos (72) horas; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.