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Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 6.01 y añadir un nuevo Artículo 6.01A a la Ley Núm. 168- 2019, según enmendada, conocida como “Ley de Armas de Puerto Rico de 2020”, a los fines de establecer los requisitos de notificación, prueba y determinación especial aplicables a la duplicación de penas; disponer la adopción de formularios uniformes por el Departamento de Justicia; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.