Senado · 2025-2028
“Para enmendar los Artículos 552, 558, 561 y 562, y añadir los nuevos Artículos 552A y 562A a la Ley de Procedimientos Legales Especiales; enmendar el Artículo 1602 y añadir un nuevo Artículo 1602A a la Ley Núm. 55-2020, según enmendada, conocida como “Código Civil de Puerto Rico”; y enmendar los Artículos 5 y 6 de la Ley Núm. 282-1999, según enmendada, conocida como “Ley de Asuntos No Contenciosos Ante Notario”, a los fines de establecer un procedimiento para localizar, notificar y representar herederos no localizados; proteger sus derechos hereditarios; permitir la conservación, administración y partición de la herencia; y para otros fines relacionados.”
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.