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Senado · 2025-2028
Para enmendar los Artículos 8, 13 y 15, y añadir un nuevo Artículo 15A a la Ley Núm. 119-2011, según enmendada, conocida como “Ley Uniforme de Confiscaciones de 2011”, a los fines de aclarar el efecto de determinaciones penales, civiles o administrativas sobre la impugnación de confiscaciones; exigir una conexión probatoria sustancial entre el bien confiscado y la conducta delictiva; fortalecer las protecciones de propietarios inocentes y terceros con interés legítimo; disponer requisitos mínimos adicionales en la notificación de confiscación; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.