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Senado · 2025-2028
Para enmendar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 17 de la Ley 76- 2013, según enmendada, conocida como la “Ley del Procurador de las Personas de Edad Avanzada del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” a los fines de actualizar la nomenclatura y referencias legales contenidas en dicha Ley, armonizarla con la Ley 121-2019, Ley 8-2017 y la Ley 38-2017; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.