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Senado · 2025-2028
Para enmendar el Artículo 7.04 de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico”, a los fines de establecer como requisito compulsorio la instalación del dispositivo de interbloqueo de la ignición desde la primera convicción por conducir bajo los efectos de bebidas embriagantes; exigir que dichos dispositivos cuenten con tecnología de verificación de identidad visual mediante cámara; establecer la obligatoriedad de sistemas de reporte electrónico automático al Tribunal y al Departamento; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.