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Cámara · 2025-2028
Para enmendar los Artículos 4, 5 y 6 de la Ley 36-2020, conocida como la “Ley de Trabajo a Distancia del Gobierno de Puerto Rico”, a los fines de establecer un derecho preferente y de concesión prioritaria a la modalidad de trabajo a distancia para aquellos empleados públicos que sean cuidadores principales de personas con impedimentos más significativos; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.