Cámara · 2025-2028
Para enmendar el subinciso (e) del Inciso (2) del Artículo 2.04 de la Ley 26-2017, según enmendada, conocida como la “Ley de Cumplimiento con el Plan Fiscal”; y para enmendar el subinciso (a) del Inciso (2) del Artículo 9 de la Lay 8-2017, según enmendada, conocida como la “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”; a los fines de establecer el requisito de retención de un balance mínimo de cinco (5) días de licencia por enfermedad para la otorgación o utilización de licencias especiales o cesión de balances; y para otros fines relacionados.
Leyes públicas de EE. UU. que mencionan a Puerto Rico. No son la contraparte federal de esta medida de la Asamblea; el registro de esta pieza sigue siendo SUTRA, abajo.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.