Senado · 2025-2028
Para añadir un nuevo inciso (6), así como reenumerar los actuales incisos (6) al (26) como los nuevos incisos (7) al (27) respectivamente del Artículo 3.8 la Ley Núm. 58-2020, según enmendada, conocida como “Código Electoral de Puerto Rico del 2020”, a los fines de incluir de manera expresa entre los deberes y facultades del Presidente(a) de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) el implantar programas de certificación de empleados y funcionarios con evaluaciones semestrales sobre el uso de plataformas de aprendizaje en línea y simulaciones de escenarios electorales, sobre el conocimiento del marco legal vigente electoral, jurisprudencia aplicable, transparencia y normas éticas en las diferentes etapas del proceso, adiestramientos y talleres sobre los sistemas tecnológicos en uso y aquellos a implantarse, así como integrar en estos esfuerzos a la academia, organismos gubernamentales e instituciones privadas especializadas en la innovación y tecnología, los cuales asimismo, estarán disponibles al personal de las oficinas de los distintos comisionados electorales; y para otros fines relacionados
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.