Senado · 2025-2028
Para crear la "Ley del Bono Voluntario de Maternidad"; establecer los parámetros, requisitos y procedimiento del bono voluntario que podrá pagar el patrono a la empleada que se acoja a la licencia de maternidad; disponer que el monto del bono será igual o mayor a la paga que la trabajadora recibiría durante el término de su licencia; otorgar a la trabajadora la opción de escoger entre su salario regular durante la licencia o, en la alternativa, el bono voluntario; autorizar al patrono a reclamar dicho bono como deducción ordinaria de gasto y, adicionalmente, un crédito contributivo equivalente al cincuenta por ciento (50%) del bono pagado en su planilla de contribución sobre ingresos; enmendar la Sección 1033.01 y añadir una nueva Sección 1051.17 a la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico"; y para otros fines relacionados.
Fuente y verificación
Información con fines informativos, no asesoría legal. El texto oficial de la medida prevalece.